Sorteo de Becas TAMABA
1 · ORGANIZADOR
La presente promoción (la «Promoción») es organizada por TAMABA SRL, CUIT 33-70882297-9, con domicilio en Adolfo Alsina 1994, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, «TAMABA»).
2 · VIGENCIA
La Promoción tendrá vigencia desde el 9 de julio de 2026 hasta el 14 de agosto de 2026, inclusive (el «Período de Vigencia»). Toda participación registrada fuera de dicho período se considerará nula.
3 · ÁMBITO Y PARTICIPANTES
Podrán participar las personas humanas mayores de 18 años, residentes en la República Argentina, que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en estas Bases. Quedan excluidos el personal de TAMABA, sus autoridades y sus familiares directos.
4 · GRATUIDAD
La participación en la Promoción es libre y gratuita, y no requiere ningún tipo de compra, contratación ni pago previo.
5 · MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Para participar y acceder a la posibilidad de obtener una beca, el interesado deberá cumplir, de manera conjunta y sucesiva, con los siguientes tres pasos:
(a) Completar en su totalidad la encuesta de perfil del estudiante.
(b) Registrarse en el encuentro informativo online de TAMABA.
(c) Participar efectivamente y en vivo de dicho encuentro, en la fecha y horario indicados.
El cumplimiento de los tres pasos es condición excluyente para participar.
6 · CONDICIÓN EXCLUYENTE DE PARTICIPACIÓN
Solo quienes hayan participado efectivamente del encuentro online en vivo quedarán habilitados para acceder a la chance de obtener una beca. La sola realización de la encuesta y/o el mero agendamiento, sin participación efectiva en el evento, no otorgan derecho a participar del sorteo ni a reclamar premio alguno.
7 · PREMIOS
Entre los participantes habilitados se sortearán:
Las becas no incluyen matrícula, materiales ni otros conceptos adicionales. Son de carácter personal, intransferibles y no convertibles en dinero en efectivo.
8 · DETERMINACIÓN DE LOS GANADORES
Los ganadores serán seleccionados por las autoridades de TAMABA entre los participantes habilitados, durante el período comprendido entre el 9 de julio y el 14 de agosto de 2026. Se designarán hasta 5 (cinco) suplentes para el caso en que algún ganador no reúna los requisitos o no acepte el premio. En tal supuesto, el premio podrá ser asignado a uno de los suplentes calificados para las becas del 30%, designándose una nueva persona para cubrir esa vacante.
9 · NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN
Los ganadores serán notificados dentro del Período de Vigencia mediante correo electrónico y/o WhatsApp, a los datos de contacto proporcionados al momento de la inscripción. El ganador deberá aceptar el premio dentro de las 48 horas posteriores a la notificación. Vencido ese plazo sin respuesta, se entenderá que renuncia al premio, el cual será asignado al suplente que corresponda.
10 · CONDICIONES DE LA BECA
El otorgamiento de la beca queda sujeto a la inscripción formal del ganador a la carrera elegida y a la presentación de la documentación requerida, así como al cumplimiento de las condiciones de regularidad académica establecidas por TAMABA. La beca comenzará a regir a partir del ciclo lectivo agosto 2026 y caducará si el beneficiario no se inscribe dentro del plazo establecido.
11 · PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos personales suministrados serán tratados conforme a la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales. TAMABA actuará como responsable de la base de datos, la cual será utilizada para los fines de esta Promoción y para comunicaciones institucionales. El titular podrá ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación y supresión escribiendo a TAMABA a través de sus canales de contacto oficiales. El organismo de control es la Agencia de Acceso a la Información Pública.
12 · ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en la Promoción implica el conocimiento y la aceptación plena de estas Bases y Condiciones. Cualquier situación no prevista será resuelta por TAMABA de acuerdo con la legislación vigente.
13 · MODIFICACIONES Y SUSPENSIÓN
TAMABA podrá modificar, suspender o cancelar la Promoción por causas de fuerza mayor o razones ajenas a su voluntad, sin que ello genere derecho a reclamo o indemnización alguna, comunicándolo a través de los mismos medios de difusión utilizados.
14 · JURISDICCIÓN
Para toda cuestión derivada de la presente Promoción se aplicará la legislación de la República Argentina, sometiéndose las partes a la competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.